Entonces, hay que pagar primero para reclamar


 


Lo dice, la Superintendencia de Industria y Comercio - SIC vía Web


Según este decir de la SIC: Si el reclamo no se hace dentro del plazo para pago oportuno, hay que pagar primero, para que proceda la reclamación. Y entonces?


"La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, es la encargada de vigilar y controlar los servicios de telecomunicaciones que adquieren los consumidores colombianos. 


Por un lado, un usuario de telecomunicaciones es una persona que utiliza un servicio de telefonía móvil, fija, internet móvil, fijo, o televisión por suscripción y comunitaria. Por otro lado, el proveedor de servicios de telecomunicaciones es aquella empresa que tiene permitido prestar dichos servicios.


Para efectuar reclamaciones ante dichos proveedores, es importante tener en cuenta que a la hora de presentar una Petición, Queja o Recurso (PQR) debe hacerlo primero ante el operador. Para ello, le traemos algunas recomendaciones adicionales.


Si tengo una queja sobre el pago de mi factura ¿debo hacerla antes del pago oportuno?


Si la solicitud/queja está relacionada con el valor a pagar en la factura, podrá presentar dicha queja antes de la fecha de pago oportuno para evitar pagar el valor que es motivo de su reclamación hasta que esta sea resuelta por parte del proveedor."...omissis...".


Se agradece sus buenos comentarios.


Fuente:

https://www.sic.gov.co/noticias/esto-es-lo-que-debe-saber-para-hacer-reclamaciones-ante-operadores-de-telefon%C3%ADa-m%C3%B3vil-o-fija

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